SI LAS LEYES QUE EVA PROMULGA FUERAN ILEGALES….

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Si Eva Copa no fuera presidenta de la ALP como alega la derecha con el fin de cuestionar la promulgacion de las leyes que el Ejecutivo  no promulgó, sucedería lo mismo con las que sancionó, es decir, con todas las leyes de estos nueve meses, las de convocatoria a elecciones,de postergacion de elecciones, de prórroga del ejecutivo y legislativo, etc. incluidas las que aprobaron los créditos que favorecen a la dictadura y otras  quedarían nulas, sin efecto, entonces nos  sumiríamos en un fangal de ilegalidad del que no podríamos salir jamás.

Pero la CPE y reglamento de la ALP son  claros al especificar que «en ausencia del Vicepresidente, asume  la Presidencia de la ALP el presidente o la presidenta del Senado.

En algunos casos reconocen eso, pero para perturbar la labor legislativa, los «juristas» de la derecha, dicen que  el nombramiento de la Presidencia de la ALP requería un protocolo previo, un procedimiento para constituirse en Presidenta de la ALP y como no se cumplió con eso, Eva copa es solamente Presidenta del Senado y no de la ALP, por eso dicen que la promulgacion de leyes por Eva Copa es  ilegal.

Por ese camino llegaríamos al punto de partida de la ilegalidad y concluiríamos entonces  que la designación de Jeanine Añez como  presidenta fue absolutamente fuera de todo procedimiento,  por tanto, ausente de todo sustento legal, protocolo establecido por la CPE y por los reglamentos de la ALP como son:

  1. Ausencia absoluta o falta de quorum en la ALP el día de su supuesto nombramiento, que da cuenta de la inconstitucionalidad de ese acto.
  2. Senadora que responde al voto de menos del 5% del electorado, vale decir, con legitimidad CERO.
  3. Ella estaba tan despreciada por sus propios partidarios que no la tomaron en cuenta como Candidata de nada en las elecciones de 2019.
  4. No la posesionó la Presidencia de la ALP.
  5. Fue posesionada por el Comandante de  las FFAA quien no goza de absolutamente ninguna facultad o atribución constitucional para realizar ese acto.
  6. No le correspondía a ella en el orden de rango cameral.
  7. Se llegó a ella porque el golpe quemó las casas y amenazó a los familiares de quienes legalmente debían asumir  el cargo de Presidente del Estado como Adriána Salvatierra, Víctor Borda y los que seguian.

Todo eso configura un estado de completa irregularidad constitucional y, por tanto, el ascenso de Añez  fue a traves de un golpe de Estado acortando violentamente un período constitucional que debió durar hasta enero de 2020,por lo que todo acto de derecho (promulgacion de leyes) o administrativo (dictar decretos y resoluciones en política interna o externa) son nulos de pleno derecho ya que lo único de constitucional que quedó después del golpe fue la ALP, los Tribunales de justicia y el Ministerio Público. El tribunal Supremo Electoral no, porque precisamente, su Presidente fue designado por un gobierno ilegal e inconstitucional cuyos actos son nulos por tratarse de un gobierno de facto.

Por eso en una especie de pacto tácito, ante las circunstancias de pérdida de garantías y derechos con masacres previas, todos han hecho de la vista gorda al estado de no derecho que vivimos tratando de salvar el barco de la democracia y constitucionalidad  con las elecciones generales, con el objeto elemental de evitar que se vengan  tiempos de aguda confrontacion entre bolivianos. De esa manera, las Leyes de Eva son plenamente legales y vigentes, de aplicación y cumplimiento obligatorio.

 Marcos Farfán Farjat. Abogado

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