A PROPÓSITO DE LAS OBSERVACIONES AL 6TO ENCUENTRO PEDAGÓGICO

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A menos de una semana de haber concluido el 6to encuentro van surgiendo algunas críticas mal intencionadas sobre las conclusiones a las que se arribó en ese evento. Entre esas ellas tenemos a las presentadas por el profesor Eduardo F. Chumacero Carranza. Lamentablemente sus opiniones están siendo divulgadas por las redes sociales y al igual a los momentos en que se instaló un mensaje de descontento antes de noviembre de 2019, hoy se busca volcar la opinión de la población y crear nuevas condiciones para el retorno de una cúpula similar a la que gobernó con Añez.

Ante esas afirmaciones negativas se considera necesario realizar una las aclaraciones necesarias:

  1. En primera instancia habla de la “postración del sistema educativo boliviano”.  Pero lo que no dice que esa situación data desde de hace mucho tiempo atrás, especialmente de la etapa de vigencia de la Ley 1565, y que fue agudizado por la falta de criterio del ministro Cárdenas. Es decir que no es una consecuencia de la Ley de Educación Nº 070. Solo como referencia se le invita a leer el análisis realizado por María Luisa Talavera en “Formaciones y Transformaciones” que en resumen manifiesta que la crisis educativa tiene varias raíces, entre ellas mencionó a la separación que se hizo entre educación urbana y educación rural además de que en varios sectores del magisterio no se ha logrado internalizar una conciencia de desarrollo nacional.
  2. Señala que el Ministro de Educación manifestó que se estaba “trabajando en la derogación del Decreto Supremo 4260”. Al respecto se aclara que la cuarta resolución del 6to Encuentro determina “La abrogación del Decreto Supremo Nº 4260”. Aclarar que jurídicamente “abrogar” significa dejar sin efecto la totalidad de la norma mientras que “derogar” es cambiar parte de una norma. Los participantes al encuentro consideran necesario abrogar, el D.S. referido, en virtud de que nunca se realizó la complementariedad entre las modalidades tal como lo dispuso; porque en ningún tratado o estudio se define la virtualidad como modalidad educativa; porque no se tienen los recursos técnicos necesarios para desarrollar una educación a distancia especialmente para las áreas desconcentradas o rurales; y porque no todos los padres de familia tienen los recursos necesarios para adquirir equipos electrónicos, como ser celulares o computadoras para trabajar con las plataformas Classroom o Moodle. De acuerdo a la Real Academia de la Lengua Española virtual significa: “Que solamente existe de forma aparente y no es real”. Es decir, que el Decreto Supremo propone desarrollar una educación aparente.
  3. Se le debe aclarar que abrogar una norma no significa que no se deba utilizar los términos que la componen. La diferencia se encuentra en una adecuada conceptualización de cada una de las modalidades de atención educativa, es decir la modalidad presencial, semi presencial y a distancia a lo que se agrega la obligación de elaborar cartillas bajo la responsabilidad del Ministerio de Educación para las modalidades semi presencial y a distancia. Esa labor se evitó realizar en la administración de Cárdenas bajo el argumento que se debe modernizar la educación.  
  4. En forma burlesca hace referencia a la relación directa entre maestro y estudiante. El Prof. Chumacero debe reconocer que esa relación es primordial para desarrollar procesos educativos de calidad en un ámbito de calidez. Los padres de familia que asistieron al 6to Encuentro reconocen el valor de ese tipo de comunicación por las orientaciones que se brinda a los estudiantes que, sin negar la necesidad de utilizar los medios tecnológicos, manifiestan la necesidad de un trabajo presencial.
  5. También manifiesta que ese reconocimiento sirve “para mitigar la mala conciencia”, característica atribuida a los asistentes al 6to Encuentro. Esa afirmación, infame desde su concepción, solo puede ser propia de quien nunca trabajó atendiendo las necesidades de los estudiantes y que tiene el concepto de que el maestro solo debe depositar conocimientos y sus dicentes tienen la obligación de repetirlos de memoria. Ese tipo de docentes cree que el análisis, la crítica y el desarrollo de valores comunitarios no deben ser parte de la labor educativa.
  6. La única sugerencia clara presentada se refiere al incremento del presupuesto para educación, de tal forma que se pueda atender a la población matriculada en colegios privados. Pero se debe recordar que la presencia de establecimientos educativos privados es producto de los gobiernos liberales que permitieron, a empresarios, a militantes del MNR (en su primer gobierno 1952 – 1956) y a varias iglesias, el emplazar este tipo de establecimientos y que tuvo su cúspide el año 1994, en el gobierno del MNR con Sánchez de Lozada a la cabeza, con la promulgación de la Ley 1565 de Reforma Educativa, que fomentó la creación de universidades privadas a lo largo y ancho del país. También debe recordar que en los 14 años del gobierno del MAS se incrementaron ostensiblemente los ítems para educación, se incrementaron los sueldos de los maestros evitando la declaración de huelgas de magisterio, que se construyeron la mayor cantidad de establecimientos, tanto en los centros urbanos y en el área rural o bien fueron refaccionados o ampliados. Recordar que, en esa etapa, no se inauguraron establecimientos privados y en algunos casos se cerraron por falta de estudiantes. Debe comprender que alcanzar una educación totalmente fiscal para todos los habitantes del estado es un proceso lento y que ya se dieron los primeros pasos
  7. Con referencia a su criterio de que se desarrollará simultáneamente los contenidos de un año lo que debía ser propio de dos gestiones. Se aclara que la palabra “simultaneo” es sinónimo de paralelo o sincrónico y los maestros sabemos que no es posible desarrollar contenidos diferentes en forma simultánea, así sea de la misma área de conocimiento. Se le aclara que los contenidos de cada curso han sido definidos en función gradualidad de profundización de los mismo y de la continuidad didáctica necesaria, Que no depende de los planes y programas exclusivamente, sino de otros varios factores que intervienen en los procesos educativos. Pero es una demanda de la población el recuperar un año de estudios que se perdió por una política sin norte que aplicó el gobierno anterior. Por eso se resolvió dedicar el primer trimestre para recuperar el proceso perdido a causa de la clausura de la gestión escolar. Tiempo que será dedicado a nivelar los contenidos y el desarrollo de las cuatro dimensiones establecidas por la Ley de Educación 070.  
  8. Con mucha pena se ve que utiliza el término despectivo y discriminador de “los iluminados” para designar los participantes del 6to encuentro. A lo que solo cabe preguntar ¿Qué propone el profesor Chumacero para solucionar el problema creado por Añez y Cárdenas cuando clausuraron el año? ¿Qué propone para solucionar la situación de postración del sistema educativo boliviano?
  9. Finalmente afirma que no existe una respuesta pedagógica, que el encuentro solo tuvo características políticas. Debe comprender que el ratificar la vigencia de la Ley de Educación Nº 070 es determinar la política pedagógica para todo el país. Se recuerda que la pedagogía es a la vez un término político ya que responde al tipo de estado que se debe construir y que su implementación requiere de varios actores como ser los maestros, estudiantes, padres de familia, autoridades y todo el pueblo. Que todo docente tiene la obligación de recordar que desde los principios de los procesos educativos sistemáticos en la antigua Grecia se reconocía a la pedagogía como un hecho político social.  

Roberto – Insurgente

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